Tipos de alimentos

El “Código Alimentario Español” fue publicado en octubre de 1967 y ha sido actualizado hasta su última publicación el 11/05/2019. Este código, define los alimentos en su capítulo II con el texto siguiente:

“Tendrán la consideración de alimentos todas las sustancias o productos de cualquier naturaleza, sólidos o líquidos, naturales o transformados que, por sus características, aplicaciones, componentes, preparación y estado de conservación, sean susceptibles de ser habitual o idóneamente utilizados a alguno de los fines siguientes:
a) Para la normal nutrición humana o como fruitivos.
b) Como productos dietéticos, en casos especiales de alimentación humana.”

Hay distintas formas de clasificar los alimentos. Para este ejercicio, he elegido la forma clásica que enumera y estructura este código (Decreto 2484/1967 consolidado), y que recoge 21 tipos de alimentos (aunque en algunos casos el texto ha quedado derogado, por ejemplo para vinos y helados). En cuanto a los ejemplos, los he elegido atendiendo a mi propio consumo o afinidad.

3.10.00. Carnes y derivados (Carne fresca, por ejemplo, filete de ternera y morcilla)

3.11.00. Aves y Caza (Pollo y paloma)

3.12.00. Pescados y derivados (Anchoa y lubina)

3.13.00. Mariscos y derivados (Gambas y caracoles)

3.14.00. Huevos y derivados (huevos y clara de huevo desecada)

3.15.00. Leches y derivados (Leche natural de oveja y requesón)

3.16.00. Grasas comestibles (Aceite de oliva y manteca de cerdo)

3.17.00. Cereales (Arroz y maíz)

3.18.00. Leguminosas (Garbanzo o lenteja)

3.19.00. Tubérculos y derivados (patatas frescas y fritas)

3.20.00. Harinas y derivadas (Tapioca y pastas alimenticias)

3.21.00. Hortalizas y verduras (Berenjena y cebolla)

3.22.00. Frutas y derivados (Cereza y membrillo)

3.23.00. Edulcorantes naturales y derivados (azúcar blanquilla y miel)

3.24.00. Condimentos y especias (Sal de mesa y mostaza)

3.25.00. Aumentos estimulantes y derivados (café y cacao)

3.26.00. Conservas animales y vegetales. Platos preparados. Productos dietéticos y de régimen (pizzas y preparados para sopas)

3.27.00. Aguas y hielo (Hielo mate u opaco y claro o semitransparente)

3.28.00. Helados (Sorbete y helados de leche) [Texto derogada en el Decreto 2484/1967, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto del Código Alimentario Español].

3.29.00. Bebidas no alcohólicas (Agua mineral y zumo de frutas)

3.30.00. Bebidas alcohólicas (Vino y cerveza). [Derogado el texto en el Decreto 2484/1967, de 21 de septiembre].

Piramide de alimentos

En la actualidad, el mercado de los denominados “Nuevos alimentos” se ha hecho su sitio obligando a actualizar la normativa. Este tipo de alimentos en el “Código Alimentario Español” se tratarían en el punto 3.26.00. y se regularían por el Reglamento (UE) 2015/2283 desde el 1 de enero de 2018. Esta normativa se resume en página de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN).

«Este nuevo Reglamento mejora las condiciones para que las empresas alimentarias puedan llevar fácilmente alimentos nuevos e innovadores al mercado de la UE, manteniendo al mismo tiempo un alto nivel de seguridad alimentaria para los consumidores europeos.«

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